Educación, para enfrentar el feminicidio

Educación, para enfrentar el feminicidio

Hay una percepción errada de que toda muerte es un feminicidio. Así lo identificó un estudio de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales al revisar los tipos de feminicidios propuestos por investigadores y organismos internacionales. Esto fomenta el estatus de víctima e invisibiliza un fenómeno que debe ser abordado desde la educación, además de las estrategias punitivas.

La problemática de la violencia contra la mujer se observa en las siguientes cifras de ONU Mujeres: en el ámbito global, en 2013 el 35 % de las mujeres había sufrido algún tipo de violencia física o sexual; en Australia, Canadá, Israel, Sudáfrica y Estados Unidos, entre el 40 % y el 70 % de los asesinatos de mujeres se derivó de la violencia ejercida por la pareja de la víctima.

Según un estudio presentado por la doctora Alexandra Marthe Manjarrés en la revista Forensis, en Colombia el sistema médico legal reportó 527.284 casos atendidos en el contexto de violencia de pareja entre 2007 y 2016.

Así, las preocupantes dimensiones de la violencia contra las mujeres llevaron al reconocimiento de una categoría política que enmarca y denuncia la sistematicidad del fenómeno: el feminicidio.

se percibe erróneamente que toda muerte de una mujer es considerada como un feminicidio

La acepción “feminicidio” fue pronunciada por primera vez en 1976 por la activista y escritora feminista Diana Russell en el Tribunal Internacional de Crímenes contra la Mujer en Bruselas. Después, junto con la escritora Jill Radford, aborda de manera más amplia este fenómeno, al considerar que el asesinato de mujeres por motivos misóginos se constituye en un tipo de violencia sexual, debida en parte al modelo patriarcal.

En un intento por evidenciar la problemática de la violencia contra la mujer y la incapacidad de las medidas penales para erradicarla, la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia (UN) Sede Bogotá reunió a varios especialistas para visibilizar el tema y buscarle salidas al laberinto.

El resultado de la investigación realizada en el grupo de la Escuela de Derecho Penal “Nullum crimen sine lege”, de la UN, es el libro Feminicidio y educación: aproximaciones y construcción del discurso desde la práctica social.

El profesor asociado Omar Huertas Díaz, encargado de coordinar el trabajo de análisis documental, explica que se designaron categorías como homicidio y feminicidio. “Estas no deben ser interpretadas de manera unívoca; ameritan ser estudiadas en conjunto, según el marco situacional desde donde se aborde el problema”, afirma.

Condenas con escasa efectividad

El experto Huertas destaca que al revisar los tipos de feminicidios propuestos por investigadores y organismos internacionales se percibe erróneamente que toda muerte de una mujer es considerada como un feminicidio. Esto fomenta el estatus de víctima, invisibilizando el fenómeno al hacerlo trivial. Además, deriva en el detrimento de los derechos de los procesados o juzgados por supuestos hechos de feminicidio.

“En esta medida, el hecho punible se centra alrededor del perpetrador masculino, en relación con expresiones de virilidad, agresión, violencia y poder fomentadas a partir de la estructura patriarcal. Así también se configura una idea de mujer casi siempre en condición de víctima, como si fuera el único rol que cada una puede ejercer”, afirma el docente, quien agrega que estas visiones perpetúan el rol proteccionista del Estado a partir de estrategias punitivas cuyo propósito es amparar a una mujer víctima o desfavorecida, pero no con el fin de empoderarla con las mismas capacidades del varón.

Otro aspecto evidenciado en el trabajo de investigación es la comprobación de la escasa efectividad de penalizar el feminicidio en países de la región. En Argentina, Guatemala y Venezuela se observa que las cifras de violencia crecen. Aunque Argentina considera el feminicidio como agravante del homicidio y le adjudica cadena perpetua, las cifras de este han ido en aumento, lo cual constata la inoperancia de este tipo de disposiciones.

Necesitamos educar a la familia, a los periodistas que trabajan en los medios de comunicación, a los maestros en las instituciones escolares, e incluso a las madres.

Según lo indagado por los investigadores Carlos Eduardo Maldonado, Cecilia Correa de Molina y Omar Huertas, lo mismo sucede en Guatemala, donde al delito de feminicidio se le adjudica una pena de 25 a 50 años de prisión. Otro caso significativo es el de Venezuela, especialmente por dos razones:

– No se cuenta con registros del comportamiento feminicida.
– Este país fue catalogado en 2015 como el segundo más violento del mundo, de lo cual se infieren las consecuencias que estas dinámicas tienen sobre esta población.

En Colombia, además de lo establecido en el Código Penal, la Ley 1761 de 2015, o ley “Rosa Elvira Cely”, tipificó el feminicidio como un delito autónomo y lo define como: “quien causare la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad…”.

La jurista española María del Castillo Falcón Caro señala que el objetivo de las leyes sobre feminicidio es oprimir drásticamente los homicidios contra las mujeres, que tengan ciertas características. “Se trata de una respuesta frente al feminicidio, con la que se busca, en últimas, generar un miedo suficientemente fuerte como para seguir sometiendo a las mujeres, pero manteniendo el statu quo en las relaciones”.

Al respecto el profesor Huertas afirma que lo que se propone es implementar medidas de prevención educativas que reestructuren las nociones culturales que han legitimado por siglos la violencia contra la mujer, llevando a su muerte.

“Necesitamos educar a la familia, a los periodistas que trabajan en los medios de comunicación, a los maestros en las instituciones escolares, e incluso a las madres. Un primer paso puede ser racionalizar el lenguaje que utilizamos, para promover el respeto entre los seres vivos, porque lo primero es el derecho a la vida”.

Así, el feminicidio deberá ser un concepto que permita evidenciar cuándo se está ejerciendo violencia por motivos del género femenino, y no un concepto trivial que se use ante cualquier circunstancia.